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Las personas que sufren enfermedades mentales no deberían estar en instituciones penitenciarias

“Las personas que sufren enfermedades mentales no deberían estar en instituciones penitenciarias, hay lugares mejores para ellos. La cárcel no es el lugar idóneo para su curación, evolución y desarrollo”

“Actualmente en España hay 60.000 personas internados en instituciones penitenciarias, y el 25% de ellos, presenta algún tipo de enfermedad psiquiátrica”, ha afirmado Iñaki Madariaga Zamalloa, Responsable y Fundador de la Unidad de Psiquiatría Legal del Hospital Aita Menni, quién ha abordado un interesante debate sobre sí la unidad de Psiquiatría Legal es considerada como una terapia o como una reclusión.

En 2006, se recogieron alrededor de 190 agresiones físicas en las cárceles; en 2015 sin embargo, la cifra aumentó, llegando incluso a las 400 agresiones. Más de la mitad de esas agresiones, estaban relacionadas con personas con enfermedad mental. “Pero esto debemos  cambiarlo. Las personas que sufren este tipo de enfermedades mentales, no deberían de estar en la cárcel, tienen sitios mejores. La cárcel no es el lugar idóneo para su total curación, evolución y desarrollo”. Según datos recogidos por el experto, entre un 7 y un 8% de la sociedad afirma tener una enfermedad mental grave.

“Cuando hablamos sobre personas que sufren alguna enfermedad mental grave, hablamos de dos modelos de intervención que siguen vigentes a día de hoy”. El primer modelo, es aquél que se encuentra dentro del propio perímetro de la cárcel, y por lo tanto, su funcionamiento está muy ligado al de la propia cárcel. El otro modelo, y que Madariaga  considera como “el mejor”, es la unidad de un hospital psiquiátrico. “Esto ya no es una cárcel, es un hospital”. Según el psiquiatra, esta opción es más favorable ya que “estas unidades están dentro de un entorno sanitario, no penitenciario, y el clima de éste puede acabar afectando muy seriamente al paciente. Pero está opción, sólo será recomendable, siempre y cuando se garantice la seguridad del paciente y de todos los que le rodean”.

¿Seguridad en qué sentido?

  • Imposibilitando la existencia de conductas autoagresivas y heteroagresivas.
  • Impidiendo la existencia de fugas de los pacientes.

¿Cómo se consigue esto?

  • Con una intensa protocolarización de las actuaciones. “Todo tiene que estar bien medido, controlado y vigilado.  Hay unas normas muy estrictas y hay que llevarlas a cabo. Hablamos de personas que pueden cometer actos delictivos en ciertos momentos; no hay tiempo para distracciones”.
  • Instalaciones adecuadas y garantes de seguridad. “La calidad de las instalaciones debe ser buena, pero no sólo eso, también es muy importante que cada herramienta esté fabricada con especial sensibilidad, teniendo en cuenta el público objetivo al que va a ir dirigida”.
  • Presencia del personal asistencial experimentado. El personal debe estar perfectamente cualificado, preparado y habituado a trabajar con personas de estas características.

Como Fundador y Responsable del Hospital Aita Menni, Madariaga también ha aprovechado la ocasión para describir el perfil de pacientes que ingresan en el hospital.

  • El target de las personas que acuden a Aita Menni en busca de ayuda; enfermos mentales graves, aunque con diferentes características (psicosis, trastorno  bipolar, esquizofrenia…)
  • Algunos de ellos, pueden haber consumido drogas y alcohol, aunque generalmente no sea el eje referencial de su problema. “Sólo el hecho de la desaparición de tóxicos en la vida del paciente, fomenta notablemente el mejoramiento del paciente”.

¿Qué ayudas recibe el hospital?

El Hospital recibe ayudas desde la dimensión judicial. Por un lado, la Audiencia Provincial de Gipuzkoa y la Dirección de Área Sanitaria de Gipuzkoa, participan, apoyan y aportan sus contribuciones a este proyecto. “Estos proyectos sin dinero, no serían nada.  Estamos con este proyecto desde hace 22 años, posibilitando que ahora se pueda financiarlo, y  gracias a estas ayudas lo estamos logrando.

¿Cuáles pueden ser las distintas circunstancias de internamiento?

  • Que el sujeto haya realizado un acto delictivo que demuestre que requiere un tratamiento concreto, y se le aplique unas medidas de seguridad. “En este caso, la persona no tiene que ingresar en la cárcel, porque no es el lugar que le corresponde, pero sí necesita acudir a una Unidad Hospitalaria por la propia seguridad de todos”.
  • Que el sujeto haya cometido un acto delictivo, y el juez haya dictado que se debe someter a una medida cautelar.
  • Que el sujeto haya acudido al médico, y éste haya observado comportamientos extraños en él, o que la familia del paciente haya contemplado esos comportamientos. “En todos esos casos, los pacientes requieren de un control constante por parte de los médicos, y es lo que se ofrece en estas unidades”.

Como conclusión, final Madariaga ha querido subrayar que por el momento, esta metodología de trabajo está funcionando muy bien, “pero hay que continuar trabajando para poder ofrecer la mayor garantía tanto a los pacientes como a los familiares”. También resalta la importancia de continuar trabajando en el tratamiento ambulatorio involuntario, para que las personas que no tienen consciencia de su enfermedad, identifiquen el problema, y quienes han decidido dejar de lado el tratamiento, lo vuelvan a retomar. Por otro lado, no se puede dejar de lado el régimen de “centro de día”, para tener una buena atención hacia este colectivo. “Si consiguiéramos desarrollar aún mejor estos dos puntos, podremos llegar a cualquier lugar, incluso superando a aquellos países que dicen ser mejores que nosotros”.