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Es necesario reforzar las garantías judiciales en el uso de la Inteligencia Artificial

Eloy Velasco Magistrado de la Audiencia Nacional participará en el curso en torno a “Los delitos contra menores y mujeres en las redes sociales: cómo se investigan y cómo se protege a las víctimas” haciendo referencia a las nuevas herramientas con las que se cuenta en la detención del criminal.

La trazabilidad del blockchain aplicada a la justicia aporta y facilita la comunicación y la labor en la cooperación internacional. Las órdenes europeas de investigación, las comisiones rogatorias, las extradiciones o exhortos cuentan con una enorme seguridad.

Los jueces reivindican el uso de la IA para la detención de delincuentes con las herramientas de reconocimiento facial que ya existen. “En ocasiones tenemos la imagen de la persona que ha violado un menor pero no sabemos quién es y hay que buscarlo como una aguja en un pajar para identificarlo. Lo mismo ocurre con las imágenes que pueda haber en un asesinato o robo. La IA permite contrastar esos rostros de forma induditativa con la base de datos”.

En otros casos, como puede ser el del padre canario que secuestró a sus hijas “tenemos su cara y sabemos quién es. Si estuviera vivo, porque sin cadáver no nos consta que haya muerto, a través de muchas bases de datos online y las cámaras que están instaladas en las ciudades se le podría localizar. Si apareciera vivo se le podría identificar mediante los 120 nódulos del rostro que mide la IA “

La Unión Europea está acotando el uso de esta identificación biométrica. “la tecnología es muy invasiva en cuanto a la privacidad porque repasa las caras de miles de personas y tiene que “molestar” la libertad de imagen de las personas no sospechosas. En ninguna materia como en ésta es necesaria la actuación lo los jueces para validar o no la actuación de los cuerpos policiales. El trabajo de la máquina y la policía tiene que pasar siempre por un chequeo judicial, antes de que la prueba llegue a juicio.

En Europa al contar con estándares jurídicos muy semejantes, tenemos instrumentos como la Orden Europea de Investigación por la que una actuación de un juez en Polonia tiene validez en España por el denominado “reconocimiento mutuo” entre los 27 países de la UE. “más complicado lo veo entre países que no pertenecen a la Unión, pero comprobando los estándares de derechos fundamentales podría darse también esa asistencia jurídica.”

Para Eloy Velasco la idea fundamental es que “la IA o el blockchain son tecnologías invasivas de los derechos fundamentales pero no hay que tenerles miedo. Hay que dotar de garantías jurídicas el producto obtenido con su uso. Pasando por el filtro de un juez e incluso una segunda instancia entre los tribunales podemos desterrar el miedo que se está generando en algunos ámbitos. Es verdad que el proyecto de reglamento de la UE es un poco restrictivo y creo que responde al miedo que tenemos los juristas ante las novedades. A medida que vayamos conociendo las bondades y las maldades seremos más proclives a su uso. Ahora, sí es importante centrarnos en esas garantías y a medida que haya pronunciamientos, sobre todo del Tribunal Supremo o del Constitucional, que aclaren en qué circunstancias pueden utilizarse estas tecnologías y en cuales no, iremos perdiendo el miedo y será más fácil trabajar con ellas.  Lo mismo que ocurrió con los pinchazos telefónicos, los GPS, los micrófonos o con los agentes infiltrados virtuales.

“Es necesario emocionarse no sólo con el crecimiento tecnológico sino imbuirlo de garantías jurídicas en su uso. En qué tipo de delitos por su gravedad va a ser proporcional que nos analicen la cara o en qué tipo de circunstancias no puede invadir esos derechos fundamentales”

Julián García Marcos, director del curso añade que pasa lo mismo “con la utilización masiva de datos de las redes o de las compañías de telefonía o de los buscadores de internet. Son datos que van llegando a unos juzgados que tienen que valorar si su uso supone una injerencia grave para utilizarlo como prueba.”

Durante el curso se analizarán otras medidas que están muy “de moda” como la utilización de micrófonos, o de balizas de datos relativos a la ubicación de las personas en la búsqueda de desaparecidos. La desaparición de menores es un fenómeno muy habitual, el uso de las nuevas tecnologías en casos de riesgo, es uno de los temas que se abordarán durante el curso, así como las pruebas tecnológicas obtenidas por ciudadanos entre sí ¿qué pasa cuando una pareja que se está separando se espía y se graba entre sí? ¿Qué pasa si lo hace un menor para apoyar al padre o la madre? ¿Cuándo lo hace un menor sobre otro menor?

Así mismo se estudiará el posible delito por un uso abusivo de datos personales que pueden realizar las grandes plataformas tecnológicas. Existen algunas sentencias, pero se necesita aclarar “por norma” los límites jurídicos de las plataformas que rentabilizan datos que no son de ellas.